Empresas y lugares de trabajo

Última actualización del contenido: 20 de enero de 2023

A partir del 1 de enero de 2023, los empleadores en entornos no relacionados con la atención médica ya no están obligados a informar sobre los brotes de COVID-19 al Departamento de Salud Pública.

Para obtener más información sobre los requisitos relacionados con el COVID-19 para empresas y empleadores en entornos no relacionados con la atención médica, consulte Guías y recursos de Cal/OSHA sobre COVID-19.

Nota:

Orden de Salud Pública - preguntas frecuentes

    Guía para trabajar con seguridad

    Las empresas en el Condado de Santa Clara son responsables de tomar medidas para proteger la salud de sus trabajadores y clientes. Todas los negocios y lugares de trabajo del Condado de Santa Clara están sujetos a los requisitos de la Guía de Cal/OSHA sobre COVID-19. Algunos lugares de trabajo también deben seguir las regulaciones de la Norma de Enfermedades Transmisibles por Aerosol (ATD, por sus siglas en inglés) de Cal/OSHA, y deben consultar esas regulaciones para conocer los correspondientes requisitos adicionales.

    La mayoría de los negocios ya no están obligados por ley a informar de los casos de COVID-19. Sin embargo, los negocios pueden informar voluntariamente los casos de COVID-19 al Departamento de Salud Pública a través del Portal Compartido para el Seguimiento de Brotes (SPOT, por sus siglas en inglés).

      Paso 1: Recomiende a los empleados a quedarse en casa si se sienten enfermos

      Recomiéndeles a los trabajadores con síntomas de COVID-19 que se queden en casa si están enfermos, o que se vayan a su casa y se hagan la prueba de inmediato si desarrollan síntomas de COVID-19 mientras están en el lugar de trabajo. 

      Si, al llegar al lugar de trabajo o en cualquier momento durante la jornada laboral, un trabajador parece tener algún síntoma de COVID-19, se debe animar al trabajador a que se vaya a casa inmediatamente y se quede en casa hasta 24 horas después de la resolución de la fiebre (sin medicamento para reducir la fiebre) y mejoría en otros síntomas Y hasta que dé negativo en la prueba o se determine que no es necesario que se haga la prueba.

       

      Paso 2: Recomiende al trabajador que se haga la prueba de COVID-19

      Recomiende al trabajador que se haga la prueba de COVID-19 lo antes posible. Encontrará recursos para las pruebas en www.sccfreetest.org/es. Consulte la Guía y Recursos de Cal/OSHA sobre COVID-19 para obtener más información sobre los requisitos del empleador relacionados con las pruebas de COVID-19.

      • Si el trabajador da negativo en la prueba de COVID-19, debe quedarse en casa hasta al menos 24 horas después de que desaparezca la fiebre (si la hay) y mejore cualquier otro síntoma. Considere la posibilidad de continuar con el aislamiento y volver a hacerse la prueba en 1 ó 2 días, si el resultado de la prueba del antígeno es negativo, especialmente si la primera prueba se realizó durante el primer o segundo día después del inicio de los síntomas. Si aparecen nuevos síntomas, aíslese y hágase la prueba de nuevo.
      • Si el trabajador da positivo en la prueba de COVID-19, el trabajador debe notificar a su supervisor de inmediato y continuar siguiendo la Guía de aislamiento.

       

      Para más información, consulte Pautas de COVID-19 para el público en general.

      En caso de que un trabajador dé positivo por COVID-19, los empleadores deben seguir los requisitos descritos en la Guía de Cal/OSHA sobre COVID-19.

       

      Paso 1: Proporcionar instrucciones al trabajador que dio positivo al COVID-19 y cualquier contacto cercano.

      Exclusión del trabajo y período de aislamiento

      Entornos que no son de mayor riesgo, no congregados: El trabajador que dio positivo a COVID-19 debe ser enviado a casa inmediatamente y se le debe indicar que se aísle. Aconsejar a todos los trabajadores positivos, sintomáticos o expuestos que hayan tenido un contacto cercano con el trabajador que dio positivo al COVID-19 a que sigan las Pautas de COVID-19 para el público en general.

      El Condado de Santa Clara desaconseja a los empleadores que exijan una nota médica para permitir el regreso al trabajo, siempre que se cumplan los criterios detallados en la Carta de reincorporación al trabajo a continuación.

      Actualizado el 25/5/22 Carta de reincorporación al trabajo (PDF): | Inglés | Chino | Español | Vietnamita | Tagalo |

      Entornos congregados de mayor riesgo: (entornos de atención médica o entornos de vida congregada, como cárceles o refugios): El personal de atención médica de los hospitales de cuidados intensivos o de los centros de enfermería especializada (SNF por sus siglas en inglés) debe seguir las pautas de aislamiento, pruebas y restricción del trabajo de la AFL 21-08. El personal y los residentes en otros entornos de mayor riesgo* deben seguir la Guía para el personal y los residentes en entornos de mayor riesgo de COVID-19.

      *Otros entornos de mayor riesgo incluyen todos los entornos de atención médica que no están cubiertos por el AFL 21-08 y los entornos de congregación como refugios, centros correccionales, entornos de atención a largo plazo y centros de atención para adultos y ancianos. Consulte el CDPH para obtener más información y refiérase a la Guía del CDPH para su tipo de instalación. Todos los albergues y centros penitenciarios deben consultar la Guía de los CDC sobre el manejo del COVID-19 en sitios de servicios para personas sin hogar y centros correccionales y de detención.

      Nota: En el lugar de trabajo, los empleadores están sujetos a la Guía de Cal/OSHA sobre COVID-19 o en algunos lugares de trabajo a la Norma sobre Enfermedades Transmisibles por Aerosol (ATD, por sus siglas en inglés) de Cal/OSHA (PDF), y deben consultar esas normativas para conocer los requisitos adicionales aplicables, incluidos los requisitos relacionados con las pruebas y el uso de mascarillas en el lugar de trabajo.

      Asesoramiento general y supervisión sobre síntomas para todos los demás empleados

      A todas las demás personas presentes en el lugar de trabajo, pero NO identificadas como contactos cercanos, se les debe aconsejar que se observen para ver si presentan síntomas y que usen una mascarilla durante los 10 días siguientes al último día en que la persona diagnosticada con el COVID-19 estuvo en el trabajo. 

       

      Paso 2: Informe sobre cualquier hospitalización o muerte a la oficina de distrito local de Cal/OSHA

      El empleador debe informar inmediatamente a la oficina de distrito local de la CAL/OSHA sobre cualquier enfermedad o muerte que ocurra en cualquier lugar de trabajo o en relación con cualquier empleo. Para el COVID-19, esto incluye hospitalizaciones y fallecimientos entre empleados, incluso si la relación laboral es incierta.

       

      Paso 3: Evite la transmisión de COVID-19 en el lugar de trabajo

      Los empleadores deben seguir todos los requisitos de Cal/OSHA para prevenir la transmisión del COVID-19 en el lugar de trabajo.

      Las mascarillas deben usarse en ciertos momentos y en ciertos entornos de acuerdo con la Guía para el uso de mascarillas del estado, una Orden de Salud del Condado que requiere el uso de mascarillas en entornos de alto riesgo, y la Guía de Cal/OSHA sobre COVID-19.

      También se les recomienda a las empresas que fomenten la vacunación contra el COVID-19. Lo más importante que puede hacer un lugar de trabajo para disminuir el riesgo de COVID-19 es facilitar la vacunación cuando sea posible. Todas las personas a partir de los 6 meses de edad pueden vacunarse. Puede encontrar más información sobre las vacunas disponibles y cómo acceder a ellas en www.sccvacuna.org.

        Un brote en el lugar de trabajo es definido por el CDPH como 3 o más casos en un lugar de trabajo dentro de un período de 14 días. Consulte los requisitos de Cal/OSHA para responder a los brotes.

        A partir del 1 de enero de 2023, los empleadores en entornos no relacionados con la atención médica ya no están obligados a informar sobre los brotes de COVID-19 al Departamento de Salud Pública.

        Para obtener más información sobre los requisitos relacionados con el COVID-19 para empresas y empleadores en entornos no relacionados con la atención médica, consulte Guías y recursos de Cal/OSHA sobre COVID-19.

         

        Pruebas de respuesta:

        Si se ha identificado o se sospecha un brote de COVID-19, es importante identificar y analizar a todas las personas potencialmente expuestas, independientemente de su estado de vacunación. Las pruebas periódicas de todos las personas potencialmente expuestas pueden ayudar a identificar casos adicionales que deben ser excluidos del trabajo. Es poco probable que el rastreo de contactos por sí solo identifique todos los casos y contactos al principio de un brote. En el momento en que se ha detectado un brote, puede haber casos adicionales que acudan al trabajo y que aún no hayan sido identificados como positivos.

        Consulte Cal/OSHA para obtener más información sobre las obligaciones de los empleadores en cuanto a las pruebas.

        Para más información sobre las pruebas de COVID-19, visite sccpruebagratuita.org.

         

        Modificaciones adicionales para prevenir la transmisión durante los brotes:

        Durante un brote, pueden ser necesarias capas adicionales de protección para detener la transmisión. Es importante revisar los planes internos de respuesta al COVID-19, identificar los riesgos continuos de COVID-19 en el lugar de trabajo, y determinar qué medidas de mitigación adicionales pueden ser necesarias.

        Ver la Guía de ventilación y sistemas de filtración de aire en la Guía de empresas y lugares de trabajo.

        Nota: Si su empresa está experimentando un brote y necesita apoyo para comprender las orientaciones anteriores o desea recibir asistencia técnica adicional de Salud Pública, póngase en contacto con [email protected].

        A partir del 1 de enero de 2023, los empleadores en entornos que no son de alto riesgo ya no están obligados a informar sobre los casos o brotes de COVID-19 al Departamento de Salud Pública. Todos los informes de casos y brotes a través de SPOT son ahora voluntarios para estos empleadores. El CDPH define un brote en el lugar de trabajo como 3 o más casos reportados en un lugar de trabajo dentro de un período de 14 días.

        Los empleadores en entornos de atención médica aún deben enviar la información de todos los casos de COVID-19 en el lugar de trabajo a SPOT. Para obtener más información sobre los informes de casos en los entornos de atención médica u otros entornos concurridos de alto riesgo, consulte la página web Recursos contra el COVID-19 para proveedores.

         

        Cómo enviar la información del caso COVID-19 al SPOT:

        • Si NO tiene una cuenta SPOT existente vinculada a la ubicación para la que está reportando, mande un Formulario de Admisión SPOT para notificar la información del caso. No se registrará como un nuevo usuario de SPOT. Envíe otro formulario de admisión seleccionando "Nuevos Usuarios" para informar de casos adicionales si informa sobre el mismo brote.
        • Si tiene una cuenta SPOT existente vinculada a la ubicación para la que está informando, puede reportar la información de los casos ingresando a SPOT y reportando los casos directamente a la cuenta de ubicación.

        La información comunicada será confidencial y no afecta las condiciones de inmigración. 

        Si se envió un Formulario de Admisión SPOT, el remitente recibirá un correo electrónico del Departamento de Salud Pública confirmando la recepción de los formularios. Si los casos se notificaron directamente a una cuenta de ubicación en SPOT, los registros de los casos serán visibles.

        Para obtener más información, consulte la descripción general de los informes de SPOT y el material de ayuda y capacitación de SPOTPara obtener asistencia técnica con SPOT, póngase en contacto con el servicio de ayuda de SPOT en [email protected] o llame al (916) 520-1619.

         

        Portal Compartido para el Rastreo de Brotes (SPOT por sus siglas en inglés)

          Visite sccphd.org/AireInterior para saber cómo mejorar el aire en el interior de su negocio o consulte los recursos adicionales que se indican a continuación.

           

          Departamento de Salud Pública de California (CDPH, por sus siglas en inglés)

           

          Centros de los Estados Unidos para el control y la prevención de las enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés)

           

          Asociación de Ingenieros de Calefacción, Refrigeración y Aire Acondicionado de los Estados Unidos (ASHRAE, por sus siglas en inglés)

           

          Agencia de protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés)

           

          Organización Mundial de la Salud (OMS, por sus siglas en inglés)

          Las siguientes agencias gubernamentales han desarrollado guías para ayudar con los esfuerzos de planificación en respuesta a la pandemia de COVID-19.

           

          Departamento de Salud Pública de California (CDPH, por sus siglas en inglés)

           

          División de seguridad y salud laboral de California (Cal/OSHA, por sus siglas en inglés)

           

          Centros para el control y la prevención de las enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés)

          Asistencia y recursos de financiación y apoyo para empresas que están pasando dificultades debido a COVID-19.

           

            • La Agencia de Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral ofrece información sobre las horas de enfermedad pagadas, el seguro por discapacidad y desempleo, la guía sobre salud y seguridad en el trabajo y la asistencia a los empresarios.
            • La oficina del comisionado laboral de California (en español) contiene respuestas a Preguntas Frecuentes sobre las opciones de baja laboral, compensación y salarios.
            • El departamento de desarrollo del empleo (EDD) (en español) proporciona recursos para empleadores que prevén una reducción en las horas de trabajo, o posibles cierres o despidos, como resultado de COVID-19. 
            • La división de salud y seguridad ocupacional de California ha compilado información sobre los requisitos de seguridad y salud en el lugar de trabajo que los empleadores de California deben aplicar para proteger a los trabajadores del COVID-19 en el lugar de trabajo.
            • La comisión de igualdad de oportunidades en el empleo (EEOC) ha proporcionado orientación sobre cumplimiento de la ADA, exámenes médicos, información médica confidencial, leyes contra la discriminación y otros asuntos laborales relacionados con COVID-19. Para abordar las cuestiones de derecho laboral, las empresas deben dirigirse a un asesor legal: el condado no puede proporcionar asesoramiento legal sobre asuntos laborales relacionados con COVID-19 en el lugar de trabajo.
            • El departamento de vivienda y empleo justo de California (DFEH) también ha proporcionado orientación y recursos sobre el COVID-19 para empleadores y proveedores de vivienda.

            El departamento de desarrollo del empleo (en español) brinda diversos servicios de apoyo a las personas afectadas por COVID-19 en California:

            • Enfermo o en cuarentena: Si no puede trabajar debido a COVID-19 o está expuesto a él, puede presentar un reclamo de seguro de incapacidad (Disability Insurance, DI). El DI proporciona pagos de beneficios a corto plazo a los trabajadores elegibles que sufren una pérdida salarial total o parcial debido a enfermedades no relacionadas con el trabajo.
            • Cuidando de otras personas: Si no puede trabajar porque está cuidando a familiares enfermos o en cuarentena por COVID-19, puede presentar un reclamo de permiso familiar pagado (Paid Family Leave, PDF). El PFL proporciona hasta ocho semanas de pagos de beneficios a los trabajadores elegibles que sufren una pérdida de salarios total o parcial porque necesitan tiempo libre para cuidar a un familiar gravemente enfermo.
            • Reducción de las horas de trabajo: Si su empleador ha reducido sus horas o ha cerrado sus actividades debido a COVID-19, puede presentar un reclamo de seguro de desempleo (Unemployment Insurance, UI). El UI proporciona pagos parciales de beneficios de reemplazo salarial a los trabajadores que pierden su trabajo o tienen horas reducidas, sin culpa propia.
            • OnwardCA es una iniciativa privada de empresas y fundaciones que sirve a los trabajadores de California desplazados por COVID-19. OnwardCA proporciona servicios vitales esenciales (como dinero, comida o cuidado de niños), capacitación laboral y búsqueda de empleo.
            • En el sitio web de Legal Aid at Work se encuentran disponibles varias hojas informativas relacionadas con COVID-19 en el lugar de trabajo.

            Visite el Directorio de recursos COVID-19 en la página web del Condado.

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